LexicoLegal

Responsabilidad civil

¿Qué es y qué significa?

Descripción del término jurídico Responsabilidad civil:

La responsabilidad civil es un concepto del derecho privado que se refiere a la obligación que tiene una persona, física o jurídica, de reparar el daño que haya causado a otra por un acto propio o por el hecho de terceros por los que se debe responder, según establece el ordenamiento jurídico. Esta responsabilidad se deriva de la comisión de un acto ilícito que no llega a ser calificado como delito, es decir, no tiene por qué haber una infracción penal para que exista una obligación de indemnizar a la víctima.

En el derecho español, la responsabilidad civil se puede clasificar principalmente en contractual y extracontractual o delictual. La contractual surge de la violación de las obligaciones acordadas en un contrato, mientras que la extracontractual surge de un daño causado sin que existiera previamente un vínculo contractual entre las partes. El artículo 1902 del Código Civil español es el eje normativo de la responsabilidad extracontractual, estableciendo que el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Un punto clave de la responsabilidad civil es la reparación del daño. Esto implica restituir la situación a su estado anterior, en la medida de lo posible, o compensar económicamente al afectado cuando la restitución en especie no es factible. Además, se pueden incluir daños morales que no tienen una valoración económica directa, pero que implican un perjuicio para la persona afectada.

La cuantificación del daño y la determinación de la indemnización correspondiente es una labor compleja que puede incluir no solo el daño emergente, es decir, el valor de lo perdido o destruido, sino también el lucro cesante, esto es, lo que la víctima dejó de ganar como consecuencia del hecho dañoso.

Es importante destacar que la responsabilidad civil tiene un fundamento preventivo, ya que busca desincentivar la realización de actos negligentes o imprudentes y, a su vez, tiene una función compensatoria, procurando que el dañado no tenga que soportar las consecuencias del daño sufrido.

Contexto jurídico en el que puede utilizarse el término Responsabilidad civil:

Un ejemplo de responsabilidad civil extracontractual puede ser el caso de un accidente de tráfico en el que un conductor, debido a una negligencia (como podría ser la distracción por uso de teléfono móvil), colisiona con otro vehículo causando daños materiales y lesiones al otro conductor. En esta situación, el conductor negligente será responsable de compensar al afectado por los daños ocasionados a su vehículo, así como cualquier gasto médico y compensación por daños morales derivados de las lesiones sufridas. Este tipo de situaciones se resuelven comúnmente a través de los seguros de responsabilidad civil que tienen los conductores, destinados a cubrir estas eventualidades.

Otra manifestación de esta responsabilidad ocurre en el ámbito de la profesión médica. Si un médico comete un error en un diagnóstico o tratamiento que conlleva un daño para la salud del paciente, como el empeoramiento de una enfermedad por la aplicación de un tratamiento incorrecto, dicho médico podría incurrir en responsabilidad civil por negligencia profesional. El paciente afectado tendría derecho a reclamar indemnización por los daños y perjuicios sufridos, lo que incluiría tanto los costes adicionales de tratamiento para corregir el error como una posible compensación por el dolor y sufrimiento experimentados, así como por la pérdida de calidad de vida.

La responsabilidad civil en el orden jurídico español cumple una función esencial, garantizando que aquellos que sufren un daño injusto tienen un mecanismo para ser indemnizados y, al mismo tiempo, se promueve una conducta diligente y cuidadosa entre los ciudadanos y profesionales, contribuyendo a la seguridad y al orden en la convivencia social.

Este sitio web sólo tiene fines informativos y puede contener inexactitudes. No debe utilizarse como sustituto del asesoramiento jurídico profesional.